¿Pueden los municipios cobrar contribuciones en aeropuertos y otros bienes federales? El debate abierto
- efectoparallax5
- 15 may
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El reciente debate sobre la iniciativa para reformar la Ley de Aeropuertos ha puesto en el centro de la discusión uno de los temas más complejos y relevantes del federalismo mexicano:
¿hasta dónde pueden los municipios ejercer su facultad tributaria sobre bienes de dominio público federal?
El contexto actual: La iniciativa de los aeropuertos
El Congreso de Chihuahua envió al Congreso de la Unión una iniciativa que busca modificar la Ley de Aeropuertos para que los servicios comerciales (tiendas, restaurantes, rentas de autos, publicidad, etc.) dejen de estar exentos del pago de contribuciones municipales. La argumentación principal se basa en el artículo 48, fracción III de la Ley de Aeropuertos, que distingue claramente tres tipos de servicios:
Servicios aeroportuarios (esenciales: pistas, terminales, seguridad, etc.)
Servicios complementarios
Servicios comerciales (venta de productos y servicios a usuarios, que “no son esenciales para la operación del aeródromo ni de las aeronaves”)
Los proponentes sostienen que las áreas comerciales representan un aprovechamiento privado de bienes públicos con fines lucrativos, por lo que no deberían gozar de la protección constitucional de exención que sí aplica a la función pública aeroportuaria.
¿Qué dice la Constitución?
El artículo 115, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la base del federalismo fiscal municipal.
Ahí se establece que:
“Sólo estarán exentos los bienes de dominio público de la Federación, de los Estados o los Municipios, salvo que tales bienes sean utilizados por entidades paraestatales o por particulares, bajo cualquier título, para fines administrativos o propósitos distintos a los de su objeto público.”
Esta excepción es clave. Cuando un particular o empresa usa un bien federal (como un espacio en un aeropuerto concesionado) para fines comerciales y lucrativos, pierde la exención. Esto abre la puerta legal para que los municipios cobren impuestos prediales, derechos o contribuciones sobre esas áreas.
El problema estructural del federalismo fiscal mexicano
México tiene un federalismo fiscal muy centralizado:
La Federación recauda cerca del 95% de los impuestos del país.
Los municipios dependen en más del 80-85% de sus ingresos de participaciones y aportaciones federales.
Solo alrededor del 11% de los ingresos municipales son propios (principalmente predial).
Esta dependencia genera varios problemas:
Desincentivo para que los municipios fortalezcan su recaudación local.
Débil rendición de cuentas ante los ciudadanos (el dinero viene de “arriba”, no de los contribuyentes locales).
Desequilibrio vertical: mucha responsabilidad de gasto y poca capacidad recaudatoria.
En este contexto, permitir que los municipios cobren en espacios comerciales de bienes federales representa un pequeño pero simbólico paso hacia un federalismo más equilibrado.
Argumentos a favor de que los municipios cobren
Equidad tributaria: Un negocio idéntico fuera del aeropuerto paga predial y otros impuestos. ¿Por qué dentro no?
Principio de proporcionalidad: Quien obtiene beneficio económico debe contribuir.
Fortalecimiento municipal: Ayudaría a reducir la dependencia de transferencias federales.
No afecta el servicio público: La reforma se limita exclusivamente a las áreas comerciales, sin tocar la operación aeroportuaria esencial.
Argumentos en contra (posibles)
Riesgo de encarecer servicios al pasajero.
Posible afectación a la competitividad de los aeropuertos concesionados.
Conflictos jurisdiccionales entre federación (dueña del bien) y municipios.
Complejidad administrativa para determinar qué parte del aeropuerto es “comercial” y qué parte es “esencial”.
La iniciativa sobre los aeropuertos no es solo un tema tributario específico. Es un debate de fondo sobre el tipo de federalismo que queremos en México: ¿uno hipercentralizado donde los municipios son simples ejecutores de gasto, o uno más equilibrado donde los gobiernos locales tengan mayor autonomía y responsabilidad fiscal?
En un país donde los municipios enfrentan enormes retos de infraestructura, seguridad y servicios básicos, fortalecer su capacidad recaudatoria —sin afectar el interés público nacional— parece una reforma razonable y necesaria.





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