SAT publica nuevo Complemento Concepto para hidrocarburos: obligatorio desde el 24 de abril de 2026 para combatir evasión en combustibles
- efectoparallax5
- hace 14 horas
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El Gobierno de México, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), anunció un nuevo mecanismo de control fiscal para fortalecer la trazabilidad y combatir el huachicol fiscal en la comercialización de combustibles.
A partir del 24 de abril de 2026 entrará en vigor el “Complemento Concepto para la facturación de Hidrocarburos y Petrolíferos”, que se integrará obligatoriamente al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
¿En qué consiste el nuevo complemento?
Este complemento se agrega directamente en el nodo de “Concepto” del CFDI y obliga a los contribuyentes que venden o enajenan gasolinas y diésel a incluir información detallada sobre los permisos vigentes otorgados por la Comisión Nacional de Energía (o la autoridad correspondiente). Su objetivo principal es cruzar la información de la facturación con los permisos regulatorios, haciendo más difícil la introducción irregular de combustibles al país (conocida como huachicol fiscal).
Además, como medida complementaria:
Los CFDI de ingreso o egreso que incluyan este nuevo complemento no podrán cancelarse de forma sencilla por el emisor.
Será obligatorio contar con la aceptación expresa del receptor a través del portal del SAT para poder cancelar la factura.
Lo mismo aplica para ciertos CFDI con Complemento Carta Porte que transporten diésel, gasolina regular o premium (claves de producto específicas: 15101505, 15101514 y 15101515).
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El complemento fue publicado por el SAT el 25 de marzo de 2026 y forma parte de las modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2026.
Objetivo del gobierno
Según el SAT, esta medida busca reducir el mercado ilícito de combustibles, mejorar los controles volumétricos y evitar la evasión fiscal mediante facturas irregulares o la introducción de petrolíferos sin los permisos correspondientes. Se estima que el huachicol fiscal genera pérdidas millonarias anuales al erario público.
¿Quiénes deben implementarlo?
Estaciones de servicio
Distribuidores y enajenantes de gasolinas y diésel
Empresas de transporte que emitan CFDI con Carta Porte de combustibles específicos
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Se recomienda a los contribuyentes actualizar sus sistemas de facturación electrónica lo antes posible, ya que a partir del 24 de abril de 2026 los CFDI que no incluyan el complemento no serán válidos ante el SAT.

